IVA general, 21%. El IVA de las reformas es de tipo general para las reparaciones…
Se establece que las proyectos y/o reformas en casas abonan el diez% de IVA en caso de que la compañía ejecutora de las proyectos no se haga más fácil los materiales precisos para su realización. O en caso de que los traiga, su coste no sobrepase del 40% de la base imponible total de las proyectos.
Género de IVA sobre trabajos de reparación del hogar para empleo privado
Contenido
- 1 Género de IVA sobre trabajos de reparación del hogar para empleo privado empleo
- 1.1 Podcast sobre el género de IVA a utilizar en reformas de vivienda
- 1.2 IVA obra reforma vivienda
- 1.3 Cuenta de acompañamiento de materiales aportados a la obra
- 1.4 Tipos reducidos en proyectos de vivienda
- 1.5 Ejemplo de app de los diversos tipos de IVA
- 1.6 13 cuestiones usuales AEAT – IVA proyectos de reforma de casas
- 1.7 Vídeo resumen sobre el género de IVA a utilizar en la reparación de casas de empleo especial
- 1.8 Productos relativos a la Hacienda
Géneros de televisión A utilizar en las reformas:
En relación a la reforma de tu vivienda se aplica el IVA general y el IVA achicado. Pero para pasar de abonar el 21% al diez% hay que cumplir unas condiciones. Una rebaja del IVA del 11% no es poco, conque atención a los presuntos:
- Ha de ser persona física o red social de vecinos. En una red social, no procederá si la factura recae sobre el gestor o en la aseguradora.
- No andas obligado a accionar como empresario o profesional en tu hogar, como se va a explicar mucho más adelante.
- La vivienda va a ser de forma exclusiva privada, no se arrienda.
- La vivienda sobre la que se realice la reforma o reparación va a deber ser construida o rehabilitada por última vez por lo menos un par de años antes del comienzo de la reforma a que tiene relación la factura.
- La obra ha de ser siempre y en todo momento una reforma o reparación en inmuebles premeditados a vivienda. Pintura, instalación/reforma/substitución de ascensor, calderas, sistemas de comunicación, agua, electricidad, climatización, instalaciones contra incendios, bajantes… todo incluido en este descuento.
- Que la persona que efectúa la obra no aporte los materiales para su ejecución por un importe superior al 40% del total de la operación, IVA excluido
¿Cuándo es normalmente aplicado ?
En trabajos de reforma y reparación de casas de empleo especial, siempre y cuando se cumplan estas peculiaridades:
- El que efectúa la reforma es un individuo física, no una sociedad o sociedad, y el La utilización del inmueble ha de ser de vivienda. Por consiguiente, si ha comprado o alquilado un local comercial para detallar su negocio con la iniciativa de reformarlo, en un caso así tributará al 21%.
- Pasaron cuando menos un par de años desde la construcción (o última rehabilitación) de la vivienda donde se efectuará la reforma integral.
- Que los materiales precisos no superen el 40% de la base imponible (coste) de la operación. La buena nueva es que los materiales comunes en una reforma (ladrillos, cemento, marcos, tejas, etcétera.) normalmente solo sobrepasan el 40% pues esto supondría una «pequeña» virtud para el profesional que se hace cargo de ello.
¿A qué género de proyectos y reformas se puede utilizar?
El IVA achicado del diez% se puede utilizar a todos y cada uno de los trabajos de reforma o reparación en inmuebles residenciales, así como:
- Pintura.
- Instalación, reforma o substitución del ascensor.
- Salón de calderas.
- Equipos o sistemas de telecomunicaciones.
- Detectores de presencia.
- Proyectos de rehabilitación energética.
- Altífonos mejorados.
- Instalaciones eléctricas, de agua y de aire acondicionado.
- Protección contra incendios.
- Bajantes.
- Rehabilitación de inmuebles por norma general, incluyendo las proyectos socorrieres. El IVA del diez% se puede utilizar a: )
- Optimización de envolventes
- Instalaciones eléctricas, agua, aire acondicionado
- Pintura
- Bajantes
- Equipos de telecomunicaciones o sistemas
- Instalación, reforma o substitución de elevadores
- Salón de calderas
- Detectores de presencia
- Protección contra incendios.
1) Persona Física: Titular de una casa de empleo frecuente. Primera y segunda vivienda. Con una construcción de un par de años antes del comienzo de las proyectos.