Une réforme complète est la restructuration complète de l’espace total de la maison dans laquelle…
Congreso de la Unión el Bulto Económico 2023, que viene dentro por los Criterios En general de Política Económica (CGPE), la Idea de Ley de Capital de la Federación (ILIF) y el Emprendimiento de Presupuesto de Egresos de la Federación (PPEF).
PAQUETE ECONÓMICO EMITIDO POR EL EJECUTIVO 2023 EN CONGRESO ESTATAL
Tlaxcala, Tlax., 14 de noviembre de 2022
Cronograma para su aprobación
- 20 de octubre: fecha límite para la aprobación por la Cámara de Miembros del congreso de los diputados de la ley de capital (LIF).
- 31 de octubre: fecha límite para la aprobación por el Senado de la ley de capital.
- 15 de noviembre: fecha límite para la aprobación por la Cámara de Miembros del congreso de los diputados del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).
- A los 20 días naturales de su aprobación, el Ejecutivo va a deber difundir la FRV y el PEF en el Períodico Oficial de la Federación.
- A los 20 días naturales de la publicación del PEF, el Ejecutivo remitirá sus tomos y anejos a la Cámara de Miembros del congreso de los diputados.
Son proyectos de ley y reformas que el órgano fiscalizador de las finanzas nacionales, o sea, la SHCP, eleva al Congreso de la Unión para su análisis y aprobación. Normalmente se compone de 3 elementos:
Infórmese sobre los nuevos desarrollos legislativos para 2023 y proposiciones para 2023, que van a ser exactamente las mismas que están actuales en
El 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal – mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público- presentó al Congreso de la Unión el bulto económico para el año 2023, que viene dentro por distintos anejos, entre aquéllos que resaltan el Anexo A de la Ley de Capital de la Federación, el Anexo B del Estimado de Egresos de la Federación y el Anexo C del Criterios En general de Política Económica para la Idea de Ley de Capital y Emprendimiento de Presupuesto de Egresos de la Federación. Cabe apuntar que dicho bulto no incluye Impuestos Misceláneos para 2023, o sea, no se ofrecen cambios en las disposiciones tributarias, así como impuestos auxiliares y/o el incremento de las tasas impositivas.
No obstante, es esencial nombrar que no es capacitad única del ejecutivo federal enseñar ideas que reforman, adicionan y derogan distintas disposiciones de carácter fiscal; En consecuencia, hemos de estar alerta a cualquier idea que presente la Cámara de Miembros del congreso de los diputados o la Cámara de Miembros del senado.