El poder legislativo es el responsable de elaborar las leyes, ejercer el control del gobierno…
?La Constitución puede ser rehabilitada en su integridad o en una de sus partes. La necesidad de reforma ha de ser declarada por el Congreso con el voto de al menos ámbas terceras unas partes de sus integrantes; pero solo va a tener sitio a través de una Convención convocada al efecto? (sección 30).
La institución de la reforma constitucional hace aparición en el constitucionalismo con el doble propósito de conjugar la precisa seguridad jurídico-política con la visible y precisa adaptación de nuestra Carta Magna a los avances sociales. No voy a ser yo quien contradiga el los pies en el suelo tanto como Rousseau, Jefferson o nuestra literalidad de Constituciones como la francesa de 1793, donde se puede leer que «un pueblo tiene siempre y en todo momento el derecho de comprobar, reformar y mudar su Constitución. Una generación no puede someter a sus leyes a las generaciones futuras” (art. 28). La Constitución, por consiguiente, como toda obra humana, no es eficaz y ha de ser “actualizada”.
Sabiendo lo previo, pienso que para hacer una reforma constitucional se tienen que cumplir 2 condiciones que no acercamiento el día de hoy en España. El primero de ellos es primordial: las reformas constitucionales tienen que aparecer de un consenso político previo sobre la cuestión a cambiar. O sea que su nacimiento no puede ni ha de ser gracias a “fuerzas políticas cíclicas”, mediante mayorías excluyentes o artificiales que procuran la cortoplacidad de sus pretensiones políticas mucho más que la razón de Estado. En España, cualquier reforma constitucional debe contar cuando menos con el visto bueno de los 2 enormes partidos que han articulado el binomio gobierno-oposición desde el advenimiento del sistema democrático hace treinta y cinco años: el Partido Habitual y el Partido Socialista.
¿Qué ediciones se tienen la posibilidad de llevar a cabo al emprendimiento o iniciativa de reforma?
Presentada por el Gobierno o una vez tomada en cuenta, empieza el período para enseñar las reformas al Congreso, Cámara que primero enfrentamiento el artículo. Los miembros del congreso de los diputados y conjuntos parlamentarios tienen la posibilidad de enseñar:
- Ediciones de los estatutos, que tengan por objeto cambiar la idea, agregando, cambiando o eliminando una parte de su contenido.
- Cambios en la integridad, que puede ser:
- Atrás. Tienen la posibilidad de presentarse a las ideas del Gobierno o del Senado, esto es a los contenidos escritos que no hayan sido tomados en cuenta por el Pleno de la Cámara Baja. Se oponen a la ejecución de la reforma constitucional.
- Artículo alterno. Tienen la posibilidad de interponerse contra toda clase de ideas. En un caso así, el promotor del artículo alterno precisamente está en concordancia en ofrecer una reforma pero difiere en su contenido, fomentando de este modo una redacción diferente.